¿Un acuerdo de minorías o la injerencia del Ejecutivo apoyado por actores políticos?

Javier Hernández Franco

Nov 14, 2025

La reciente elección de la Junta Directiva del Congreso de la República para el período 2026-2027 ha sido presentada como el resultado de un “consenso de minorías”. Sin embargo, al revisar el contexto y el procedimiento seguido, la pregunta es otra: ¿se trató realmente de un acuerdo entre bancadas o de un caso de injerencia del Ejecutivo, respaldado por otros actores de poder?

La Junta Directiva fue elegida el 4 de noviembre de 2025. La planilla encabezada por Luis Contreras (CREO) recibió un amplio respaldo y su toma de posesión está prevista para el 14 de enero de 2026. La fotografía formal habla de mayoría holgada y aparente convergencia entre partidos. Pero la película completa exige examinar cómo se llegó a ese resultado.

La elección se produjo tras una orden de la Corte de Constitucionalidad que instruyó reanudar una sesión previamente cerrada aduciendo falta de quórum de Junta Directiva. Cuando se interrumpió aquella sesión no existía formalmente una planilla para la nueva Junta Directiva 2026-2027. Al reanudarse, ya con una mayoría alineada, se presentó una planilla única y se procedió a su elección sin que mediara una convocatoria expresa “para el efecto” de elegir Junta Directiva, como lo exige la Ley Orgánica del Organismo Legislativo. No es un detalle menor: la convocatoria específica es la garantía básica para que las bancadas puedan organizar propuestas alternativas y competir en condiciones mínimamente equitativas.

Sostener que la existencia de una planilla única y una mayoría contundente equivale a “consenso” es confundir resultado con procedimiento. El consenso democrático no se acredita solo con el número de votos, sino con la calidad del proceso que los genera: discusión previa, posibilidad real de disenso, tiempo para construir alternativas y ausencia de coacción o incentivos extraprocedimentales.

Durante mis ocho años como diputado y jefe de bancada, la elección de Junta Directiva se construía casi siempre a partir de acuerdos que buscaban asegurar los 81 votos de mayoría absoluta. Cuando el apoyo superaba con creces esa cifra, era común reservar espacios para minorías en alguna secretaría o vicepresidencia, precisamente para reconocer su peso político. La práctica era clara: siendo nueve los cargos en Junta Directiva, se procuraba que cada puesto contara con una base mínima de respaldo, y sobre esa base se definían los nombres.

Existe además una regla no escrita: cuando una planilla ya tiene asegurados los 81 votos, muchos diputados se suman para no enemistarse con la futura Junta Directiva. Esa inercia explica por qué las cifras pueden dispararse hasta 130 o 140 votos. En ese contexto, obtener 149 votos no demuestra necesariamente pluralismo, sino que revela que se cerró cualquier posibilidad real de que la oposición presentara y defendiera una planilla alternativa. La mayoría no se construyó en competencia: se impuso en ausencia de opciones.

Pese a ello, algunos medios la han presentado como una “planilla de consenso de minorías”. Esa caracterización no solo es imprecisa, sino políticamente engañosa. Hablar de consenso de minorías implica que estas tuvieron espacio real para deliberar, proponer y negociar. Aquí, más bien, todo indica que actores con poder decisivo —en particular la Corte de Constitucionalidad y el Organismo Ejecutivo— intervinieron de forma tal que redujeron al mínimo los márgenes de discusión y bloquearon la posibilidad de articular una alternativa de oposición.

A todo esto se suma la dimensión menos visible, pero conocida en la práctica parlamentaria: los comentarios sobre acuerdos vinculados a plazas, proyectos y eventuales beneficios en la próxima aprobación del Presupuesto General de la Nación para 2026. No afirmo la comisión de delitos; describo una lógica política reiterada en la que la integración de la Junta Directiva se convierte en moneda de cambio para distribuir cuotas de poder administrativo y ventajas futuras en la gestión de recursos.

En suma, lo ocurrido el 4 de noviembre no puede presentarse honestamente como un ejemplo de consenso democrático. La combinación de una orden de la Corte de Constitucionalidad, la ausencia de convocatoria específica, la existencia de una sola planilla y la operación política del Ejecutivo y otros actores configura un cuadro de injerencia que compromete la legitimidad política de la Junta Directiva electa.

Por esto yo sostengo que fue la injerencia del ejecutivo apoyado por actores la que definió la juntar directiva, y no un acuerdo de minorías.

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