Los procesos de integración de las comisiones de postulación en Guatemala TSE 2026

Javier Hernández Franco

Feb 21, 2026

Los procesos de integración de las comisiones de postulación en Guatemala han estado históricamente rodeados de cuestionamientos, particularmente por parte de actores que, al final del procedimiento, no se muestran conformes con las nóminas propuestas. Esta dinámica no es nueva; por el contrario, constituye un patrón recurrente dentro del sistema político-institucional del país. Sin embargo, en el contexto actual, lo que ha generado mayor confusión y debate público no proviene exclusivamente de sectores nacionales, sino de una fuente externa con un peso político significativo: el encargado de negocios de Estados Unidos en Guatemala.

 

El 18 de febrero de 2026, la embajada estadounidense publicó en su cuenta oficial @usembassyguate un comunicado acompañado de una imagen con la firma del funcionario, en el que se afirmaba: “Las autoridades universitarias guatemaltecas abrieron las puertas a organizaciones criminales y narcotraficantes con sus selecciones para el TSE, priorizando sus propios intereses por encima del bienestar del país y de sus instituciones.” – Encargado de Negocios John Barrett.” La contundencia del señalamiento generó un impacto inmediato en la opinión pública, no solo por la gravedad de las acusaciones, sino por la ausencia de individualización en las mismas.

Diversos actores políticos han puesto en duda la veracidad o el origen directo de esta publicación, sugiriendo que pudo haber sido elaborada por personal de mandos medios dentro de la embajada o por funcionarios vinculados a administraciones anteriores. No obstante, hasta la fecha no ha existido una aclaración oficial que confirme o desmienta tales hipótesis, lo cual ha contribuido a incrementar la incertidumbre y el debate.

 

Es importante recordar que los cuestionamientos a las comisiones de postulación no son un fenómeno aislado. Guatemala ha atravesado episodios particularmente sensibles, como el conocido caso de las “comisiones paralelas 2020”, que evidenció intentos de influencia indebida en procesos de selección de altos funcionarios. Estos antecedentes explican en parte la predisposición social a sospechar de los mecanismos de postulación. Sin embargo, dicha predisposición no puede convertirse en una licencia para formular acusaciones genéricas sin sustento individualizado.

 

Desde el punto de vista jurídico-institucional, debe tenerse presente que: “Las comisiones de postulación para el TSE nacen de una combinación de mandato constitucional, Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) y la Ley de Comisiones de Postulación (Decreto 19-2009).” Esto significa que su existencia, estructura y competencias responden a un diseño normativo orientado precisamente a garantizar procesos de selección transparentes, colegiados y sujetos a controles formales.

En este contexto, resulta fundamental diferenciar entre la crítica legítima y la descalificación generalizada. No se trata de debatir si corresponde o no a un actor diplomático emitir este tipo de pronunciamientos, ni de evaluar si la comisión de postulación realizó un trabajo óptimo o deficiente. El punto central radica en un principio básico de responsabilidad institucional y de debido proceso: cuando una comisión presenta una nómina de finalistas, no es jurídicamente razonable ni éticamente aceptable formular tachas genéricas contra todos sus integrantes sin identificar de manera precisa a quién se señala y por qué.

 

En el sistema guatemalteco, la figura de la tacha constituye un mecanismo formal que exige individualización, fundamentación y prueba. Su propósito es permitir que se examinen objeciones específicas respecto de la idoneidad, honorabilidad o independencia de un candidato determinado. Pretender descalificar en bloque a la totalidad de una nómina equivale, en la práctica, a vaciar de contenido dicho mecanismo y a debilitar la legitimidad del propio proceso institucional.

Además, debe considerarse que ya han transcurrido varios días desde la publicación del comunicado sin que se haya presentado una sola tacha formal contra los candidatos incluidos en la nómina. Esta circunstancia resulta particularmente relevante, pues evidencia una brecha entre el nivel de gravedad de las acusaciones públicas y la inexistencia de acciones concretas dentro de los canales legales establecidos.

En una democracia constitucional, la crítica es indispensable y saludable; sin embargo, debe ejercerse dentro de parámetros de responsabilidad y racionalidad. Señalar que todos los candidatos seleccionados —en este caso, los veinte finalistas— tienen vínculos con el crimen organizado o el narcotráfico no solo implica una imputación extremadamente grave, sino que también supone una descalificación indiscriminada que erosiona la confianza en las instituciones y en los propios mecanismos diseñados para garantizar la transparencia.

 

Por ello sostengo, el debate actual debería centrarse menos en las declaraciones generalizadas y más en la exigencia de precisión, evidencia y responsabilidad. Si existen señalamientos concretos, estos deben formularse de manera individualizada y sustentada. De lo contrario, se corre el riesgo de transformar la crítica legítima en una narrativa de sospecha colectiva que debilita el Estado de derecho en lugar de fortalecerlo.

 

 

 

 

 

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